Respuestas del Gobierno

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Hola Yarledy,

Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf
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Hola David,



Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Luis,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



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En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Jesús,



Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola,



Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

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Hola Zenia,

Hola Alexis,

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Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Javier,

Hola Alexis,

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Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Camilo,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola,

Hola Alexis,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Marlo,



Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Virginia,

Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf
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Hola Alexis,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Dina,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Alberth,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Nelson,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Nelson,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021

Respuesta
Hola

Muchas gracias por escribirnos.





Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-incripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:

Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:

Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).

Estar registrado en la Red UNIDOS; ó

Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó

Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó

Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.

No contar con titulo profesional universitario.



Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.





Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:

Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410

Mensaje de texto: 85594

Chat web: https://bit.ly/33th1Ja

Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA

Tutorial youtube; https://www.youtube.com/watch?v=AieVoQw6gXM





Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:





Páginas oficiales:

https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html

https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx



Redes sociales:

https://twitter.com/infopresidencia?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

https://twitter.com/ProsperidadCol?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthorhttps://twitter.com/FamiliasAccion?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

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Hola

Muchas gracias por escribirnos.





Respecto a tu solicitud, queremos indicarte que las pre-incripciones para Jóvenes en Acción se encuentran vigentes, para acceder a ello debes cumplir con los siguientes requisitos:

Los jóvenes elegibles (potenciales participantes) del Programa Jóvenes en Acción, son jóvenes bachilleres entre 14 y 28 años de edad y que adicionalmente se encuentren registrados en por lo menos uno de los siguientes listados poblacionales:

Estar en el SISBEN III, con uno de los puntajes especificados conforme al área de residencia (desagregación geográfica).

Estar registrado en la Red UNIDOS; ó

Estar registrado en el Registro Único de Víctimas -RUV en condición de desplazamiento en estado "INCLUIDO"; ó

Estar registrado en las listas censales de jóvenes indígenas ó

Estar registrado en las listas censales para jóvenes con medida de adoptabilidad o responsabilidad penal del ICBF.

No contar con titulo profesional universitario.



Los jóvenes que cumplan con los criterios de focalización poblacional y territorial y que además hayan iniciado su proceso de formación en el SENA o en alguna IES en convenio con el Prosperidad Social antes de efectuar su registro al Programa Jóvenes en Acción.





Quedaron habilitados los canales de atención al ciudadano de Prosperidad Social, para el pre-registro permanente al Programa Jóvenes en acción a través de los diferentes medios de atención que encontraras a continuación:

Líneas telefónicas: 01-8000-951-1100 031-5954410

Mensaje de texto: 85594

Chat web: https://bit.ly/33th1Ja

Videollamada: https://bit.ly/2WspoDA

Tutorial youtube; https://www.youtube.com/watch?v=AieVoQw6gXM





Recuerda estar atenta ÚNICAMENTE a los diferentes medios oficiales de información, los cuales encontraras a continuación:





Páginas oficiales:

https://id.presidencia.gov.co/deinteres/index.html

https://www.prosperidadsocial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx



Redes sociales:

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Hola Ingrid,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021

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Hola Ingrid,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

https://www.urnadecristal.gov.co/acuerdo-y-tematica/qu-te-hace-falta-tener-vivienda-propia-en-2021

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Hola Gineth,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Gineth,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Camilo,





Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

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Hola Daniel,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola Daniel,

Muchas gracias por contactarte con nosotros.



Respecto de tu solicitud, queremos informarte que:

En primer lugar, recordarte el compromiso del Gobierno Nacional de reducir los índices de desempleo en el país tanto es así que se ha logrado reducir el desempleo a un dígito, sin embargo ningún esfuerzo es suficiente y la lucha continua con el fin que todo colombiano que este en capacidad laboral pueda tener acceso a un empleo. Se debe entender que la ley del primer empleo beneficia a los empresarios en el campo tributario especialmente y son ellos quienes deben dar aplicación a este propósito con el fin que entre todos, es decir gobierno y empresa privado podamos reducir el desempleo y proporcionar a los nuevos trabajadores que carecen de experiencia el ingreso a la vida laboral.

No obstante, es preciso que conozcas la existencia del programa que ofrece el Gobierno Nacional a través de El Ministerio del Trabajo el cual tiene la misión de estimular el empleo formal, digno, productivo y de calidad, en el cual personas que reúnen las condiciones por usted citadas pueden participar.

El servicio de la Nueva Agencia Pública de Empleo funciona en internet, a través de la página www.redempleo.gov.co, en donde hay una plataforma en la que se registran las hojas de vida de quienes buscan empleo, mientras que los empresarios podrán encontrar a las personas que necesitan para llenar sus vacantes. También funcionará por medio de las múltiples oficinas del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y en centros públicos de atención en diferentes partes del país, con la colaboración de las respectivas autoridades locales y las diferentes cajas de compensación. También se puede consultar la página del SENA el cual es sne.sena.edu.co.

Para las diferentes convocatorias de cargos públicos debe ingresar a la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y revisar las diferentes ofertas laborales.

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Hola,





Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



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Hola,





Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



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Hola Oswaldo,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



Si tienes dudas sobre cómo acceder a estos beneficios, resuelve tus dudas aquí:

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Hola Felipe,



Si tu meta para 2021 es tener casa propia, te contamos cómo puedes cumplir con este propósito aprovechando los subsidios y beneficios que te ofrece el gobierno:



Mi Casa Ya: este programa facilita la adquisición de una vivienda nueva en zona urbana de cualquier municipio del país a través de un subsidio familiar de vivienda y/o cobertura a la tasa de interés. Está dirigido a hogares con ingresos totales menores a $7.022.424 (8 SMMLV). Consulta los requisitos y proceso de postulación en http://micasaya.minvivienda.gov.co/

Profe: Mintic te invita a inscribirte hasta el 13 de abril en el curso gratuito de Programacion para Ninos y Ninas: https://forms.mintic.gov.co/codekids/

Semillero de Propietarios: los colombianos que ganen hasta 2 salarios mínimos, es decir, $1.757.606, pueden aprovechar este programa para tener una vivienda digna mediante el ahorro constante en una cuenta especial hasta alcanzar un monto mínimo para recibir un subsidio complementario a Mi Casa Ya y a las cajas de compensación. Conoce los requisitos para ser beneficiario en https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/semillero-de-propietarios



Casa Digna Vida Digna: esta iniciativa del gobierno busca mejorar la calidad de vida de los colombianos a través del mejoramiento de sus viviendas. Consulta las condiciones para ser beneficiario aquí: https://casadignavidadigna.minvivienda.gov.co/



Subsidio Familiar de Vivienda: es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social. Es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar o el Fondo Nacional de Vivienda; los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A. Más información: https://www.minvivienda.gov.co/viceministerio-de-vivienda/subsidio-familiar-de-vivienda



Adicionalmente, los entes territoriales también administran recursos complementarios para el Subsidio Familiar de Vivienda de interés social, así como para otros programas y convocatorias de vivienda propios. Para más información, puedes ponerte en contacto con tu Alcaldía, Gobernación o el ente correspondiente, por ejemplo, en Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat.



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Hola Maria Fernanda,

Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf

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Hola Alejandro.

Queremos informarte que el DPS inicia la Fase IV del Programa Familias en Acción que tiene como consigna “Que nadie se quede atrás”, por eso: luego de cerca de 9 años de no tener inscripciones masivas en el país, del programa Familias en Acción, a partir del próximo 19 de abril, inicia este proceso. Los procesos de inscripción se realizarán mediante agendamiento de citas que serán informadas por la Alcaldía de cada Municipio El proceso de inscripciones será realizado en dos etapas: Etapa 1: - Entre el 19 de abril y el 31 de octubre del 2021: Se convocarán 1.892.412 familias en 1.100 Municipios. - En algunos Municipios serán convocadas menos 2.500 familias, en ellos el proceso se iniciará entre abril y mayo. - En los Municipios con más de 2.500 familias, las inscripciones se realizarán en julio. Etapa 2: - Se realizará cuando finalice el periodo electoral (julio y agosto del 2022). El proceso de inscripción será de la siguiente manera: 1. Asignación de cita por parte de la Alcaldía. 2. El día de la cita asignada, deberán llevar todos los documentos requeridos. 3. Firma del contrato social. 4. Generación y entrega de comprobante de la inscripción a Familias en acción. 5. Etapa de validación, en la que se verifican si los documentos o no legibles y que la inscripción se haya realizado correctamente. Las familias deben cumplir con los siguientes requisitos: -Familia clasificada en Sisbén IV entre A1 y B4. -En la ficha del Sisbén, deben estar registrados, niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que se encuentran a cargo de la familia. -Ser parte del proceso de focalización que desarrolla Prosperidad Social Los documentos que son requeridos en el proceso son: 1. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía, de la persona que sea el titular, si es menor de edad puede presentar la tarjeta de identidad. En caso de no contar con el original, podrán presentar la contraseña, Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento, de cada menos de 18 años y tarjeta de identidad para los menores entre 7 y 17 años. Datos de institución educativa, eps a la que pertenecen los menores de edad. No es necesario presentar una certificación de ello. Todos los documentos deben ser legibles para que no se presenten problemas al momento de la inscripción. DEBES TENER EN CUENTA QUE: 1. Las familias que no fueron focalizadas en la primera etapa, podrán ser convocadas en la segunda si cumplen con los requisitos. 2.Las familias inscritas en primera o segunda etapa, recibirán los incentivos, hasta cuando sea finalizado el proceso de transición de la fase III y se promulgue el inicio de la fase IV de Familias en Acción. 3.Las Alcaldías serán las encargadas de asignar, la fecha, hora y lugar para las inscripciones. Para acceder a más información: http://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2021/Familias-en-Accion/Docs-Tecnicos-FA/Resolucion-00659-de-2021-inscripciones-IV-fase-Familias-en-Accion.pdf
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Hola,

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Hola Ventura,



Respecto de tu solicitud queremos informarte que los requisitos para la renovación son:

Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña*. Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.

La solicitud es personal y el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.

Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

Certificado de examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir, incorporado en el RUNT, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado por el Ministerio de Trasporte e inscrito en el RUNT.
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Hola Francisco,

Teniendo en cuenta tu intervención en caso que la licencia se encuentre vencida y pertenezca a la categoría de servicio público, debe ser renovada inmediatamente. Para ello debes verificar las fechas de vencimiento de las mismas. En caso contrario, las licencia cuyas categorías sean para motocicleta y vehículos particulares, se encuentran cobijadas por el Decreto 019 de 2012.



Así las cosas, con relación a la vigencias de las licencias de conducción, el Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si tu licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberás renovar la licencia cada año.



Para renovar tu licencia de conducción sigue estos dos (2) pasos:



Examen médico:

Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito

Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide la nueva licencia de conducción.



Por último, y relacionado con el procedimiento para el cobro de la renovación de la licencia de conducción, es el mismo que se surte en la actualidad y los costos son los que defina como tarifa cada Concejo o Asamblea para el trámite y lo debe pagar el ciudadano.



En este sentido para conocer todos y cada una de las disposiciones relacionadas, te invitamos que ingreses al portal del Ministerio de Transporte en www.mintransporte.gov.co.
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Hola Carlos,



En respuesta a su inquietud, atentamente le informamos:



Por regla general todo trabajador independiente que se encuentre cotizando al régimen contributivo en salud, debe hacerlo también a pensiones sobre la misma base, excepto aquellos con ingresos iguales o inferiores a un salario mínimo que a fecha de entrada en vigencia del Decreto 4465 de 2011 (25 de noviembre de 2011) se encontraran inscritos en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos (RIBI), cotizando sólo a salud como cotizante 41 ó 42.



Estos trabajadores, en virtud del Decreto 1623 del 30 de julio de 2013, podrán seguir cotizando solo a salud hasta cuando comience a operar el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEP), que será manejado por Colpensiones.



Si a 25 de noviembre de 2011 no estaba inscrito en el RIBI y actualmente no cuenta con ingresos para afiliarse a los sistema de salud y pensiones, puede realizar el trámite de afiliación al Régimen Subsidiado, para lo cual debe acudir a la alcaldía de su municipio y solicitar que le sea aplicada la encuesta Sisben. El municipio debe informarle el puntaje y el nivel en que quedó clasificada.



Agradecemos su participación y lo invitamos a consultar nuestra página web www.minsalud.gov.co donde conocerá los distintos temas que maneja el Ministerio de Salud y Protección Social y además podrá formular sus inquietudes a través del link http://www.minsalud.gov.co/_layouts/IT.MinProteccion.PQR.WP/FrmInicioPQR.aspx
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Hola Felipe,



El ciudadano debe realizar el proceso de inscripción a través de la página web: www.libretamilitar.mil.co



Pasos:



· Debe ingresar a la opción “regístrese” y completar el formulario que allí aparece.



· Después de completar y validar la información, el ciudadano recibirá una notificación en su correo electrónico para que active la cuenta en un plazo de 7 días



· Una vez activada la cuenta, el ciudadano debe iniciar sesión ingresando sus datos de registro y luego debe hacer clic en la opción “inscripción” para iniciar con el proceso.



· Aparecerá un formato que el ciudadano debe diligenciar con su información personal, académica, laboral y familiar, adjuntado los documentos requeridos. Una vez completado el registro de inscripción el ciudadano deberá validarlo.



· La información suministrada por el ciudadano será verificada por la dependencia encargada quien le enviará una notificación por correo electrónico en donde se le indicará el paso a seguir para continuar con el proceso de definición de la situación militar.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus solicitudes e inquietudes.
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Hola,



Muchas gracias por tus comentarios lo tendremos en cuenta para próximas publicaciones.



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Quedamos atentos a tus comentarios e inquietudes.

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Hola Hector,



De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cédula digital da cumplimiento a los planes de desarrollo y las políticas públicas que buscan hacer más eficientes y accesibles los servicios a cargo del Estado.



Otorgando a los colombianos requieren de mecanismos de identificación que les permitan acceder a servicios de manera rápida, ágil y confiable y les garanticen la seguridad de sus datos. Todo esto, aprovechando las tecnologías de la información y las comunicaciones y evitando trámites innecesarios.



Gracias por comunicarte con nosotros estaremos atentos a tus próximas solicitudes e inquietudes.
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Hola Héctor,



Para darte mayor atención y una respuesta más clara a tu inquietud requerimos que nos indiques con claridad tu inconveniente o solicitud.





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